DIRECTIVA DE DOSAJE ETÍLICO N18-03-2017-DIRGEN-SUB
Establecer normas y procedimientos para la atención de exámenes de
Dosaje Etílico a personas involucradas en infracciones al Reglamento
Nacional de Tránsito, intervención en operativos de alcoholemia y asuntos
laborales a nivel nacional.

A. Unificar criterios técnicos y administrativos para ejecutar eficaz y
eficientemente los exámenes practicados a personas involucradas en,
infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito, Operativos de
Alcoholemia y asuntos laborales a nivel nacional.
B. Agilizar la atención de los examinados, para determinar la presencia y
concentración de alcohol en el organismo, a través del análisis de
líquidos biológicos (sangre u orina).
C. Permitir que el personal PNP de las Unidades Policiales y de los
Servicios de Dosaje Etílico de la Dirección Ejecutiva de Sanidad de la
Policía Nacional del Perú (DIREJESAN PNP), conozcan sus funciones y
responsabilidades.
D. Exigir el cumplimiento del pago por los servicios prestados como
requisito previo a la ejecución del examen de Dosaje Etílico
contemplado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) del Ministerio del Interior (MININTER).
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